miércoles, 19 de diciembre de 2012

Fundamentos de la sentencia condenatoria a Adalberto Cuello a prisión perpetua por el crimen de Tomás Santillán

El padrastro del menor asesinado fue considerado responsable del delito de "homicidio calificado por haber sido cometido con alevosía"; "Creo en la justicia", dijo la mamá del chico antes de la lectura de la sentencia. Adalberto Cuello fue condenado a prisión perpetua por el crimen de su ex hijastro de 9 años, Tomás Dameno Santillán, cometido en noviembre de 2011 en la localidad bonaerense de Lincoln.
 
El veredicto, la sentencia y sus fundamentos fueron leídos en el edificio ubicado en Mayor López 2, esquina Bartolomé Mitre, de dicha ciudad del noroeste de la provincia de Buenos Aires. La sentencia fue dictada hoy en forma unánime por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 de Junín, integrado por los jueces Miguel Angel Vilaseca Parisi, Karina Lorena Piegari y Claudia Beatriz Dana, que halló a Cuello (40) responsable del delito de "homicidio calificado por haber sido cometido con alevosía". La lectura duró alrededor de dos horas y media. Una vez finalizada, familiares de la víctima comenzaron a gritar "asesino" y la madre, Leonor Santillán, del menor se descompensó entre llantos.

Fundamentos
El tribunal determinó que se trató de un homicidio agravado por "alevosía" por la "indefensión" del menor de edad, pero descartó el agravante de "ensañamiento" porque, según sostuvo, no se logró determinar que Cuello actuó "con una intención cruel" y "actos innecesarios para matar", extendiendo voluntariamente "la agonía" del niño.
 
Para Piegari, Cuello actuó "sobre seguro" y con "astucia artera y traidora". "Aun afirmando que el niño ultimado hubiese intentado y hasta logrado oponer resistencia con rasguños, manotazos o maniobras defensivas, esta nunca podría haber sido riesgosa para el agresor armado con el elemento descripto (la pala), que actuó sobre seguro, con despliegue psicológico de astucia artera y traidora", dijo.
La jueza añadió que "la defensa intentada por el niño ha sido consecuencia de una reacción, un impulso natural e indeliberado que ha propendido a la conservación de su vida, pero ello en nada ha logrado conmover la celada traicionera y la seguridad de acción efectiva que había logrado el autor en el dominio del acontecer analizado".

"Certeramente debo concluir en que el imputado sabía que actuaba sin peligro ni riesgo real para su persona frente a una víctima indefensa, la cual fue impulsada al encuentro con su victimario desde la inocencia y la inmadurez propia de su edad para ser colocada en una situación de indefensión total frente a un despliegue de agresión brutal y violenta", subrayó.

Requerimiento de la Fiscalía
Durante los alegatos de la semana pasada, el fiscal del juicio, Javier Ochoaizpuro, solicitó que el acusado sea condenado a "reclusión perpetua más accesorias legales" -la máxima pena prevista en el Código Penal- por el delito de "homicidio agravado por ensañamiento y alevosía".


Por su parte, el defensor de Cuello, Gerardo Doyle, pidió su absolución por falta de pruebas y, subsidiariamente, una condena por "homicidio simple", con pena prevista de 8 a 25 años de prisión, ya que consideró que no se probó ni el ensañamiento (sufrimiento excesivo) ni la alevosía (indefensión de la víctima).

En tanto, el hermano de Susana Santillán, Guillermo, dijo a la agenciaTélam que los familiares de Tomás esperan la sentencia "ansiosos" y "con confianza". "Confiamos plenamente en la Justicia, en el trabajo que hicieron el fiscal y los jueces hasta ahora", dijo el tío de la víctima que, además, consideró que "quedó probado" que Cuello fue el autor del homicidio.

Fuente: LaNacion.com.ar
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“A mi hijo no me lo devuelve nadie, pero esta bestia va a estar donde tiene que estar”, dijo después Leonor al salir del tribunal. La sentencia fue pronunciada por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 de Junín, integrado por Vilaseca Parisi, Karina Lorena Piegari y Claudia Beatriz Dana, que votaron por unanimidad.

El tribunal rechazó la figura del ensañamiento, pedida por la fiscalía y el querellante de la causa. La prisión perpetua implica una condena de 35 años de cárcel.

Adalberto Cuello se mostró calmo al escuchar la sentencia. Pero su ceño se frunció cuando fue descripto el hallazgo del cuerpo de Tomás. Allí movió sus labios nerviosamente, los repasó con la lengua en forma intermitente, tragó saliva y acomodó una y otra vez sus manos . Apenas leyeron la pena, Cuello fue retirado por las fuerzas policiales. Los familiares de Tomás se abalanzaron sobre el condenado y la madre del pequeño rompió en llanto.

“La muerte se produjo en momentos breves”, había dicho unos minutos antes la jueza Karina Lorena Piegari, al citar a la perito Mirta Mollo Sartelli. “El número y la gravedad de los golpes fue para asegurar la muerte. Fue rápida y súbita, con golpes sucesivos e inmediatos”, agregó la magistrada para descartar el ensañamiento.

El juez Vilaseca citó la figura del femicidio al hablar de la muerte de Tomás. Fue incluida en la ley sancionada a mediados de noviembre en el Congreso, pero no era aplicable por ser posterior al hecho.

“Fueron tres golpes certeros en la cabeza”, dijo el juez Miguel Vilaseca. Los miembros del tribunal afirmaron que Cuello actuó con alevosía, una figura que se produce cuando “se trata de ir sobre seguro y actuar sin riesgo para el autor y en situación de indefensión para la víctima”. La diferencia física, de edad y la supremacía de Cuello sobre Tomás configuran elementos de la alevosía, según el fallo.

El tribunal consideró además que hubo un “plan” establecido por Cuello para matar a Tomás y encubrir su crimen. “Fue un hecho premeditado”, señaló. Y desbarató la coartada de Cuello. Los jueces dijeron que mintió cuando relató que se quedó en su casa: su celular lo mostró en movimiento. Y destacaron la confesión de su ahora ex novia, María Inés Márquez, quien dijo que Cuello le pidió que falseara los hechos. Ambos habían afirmado que habían estado juntos después del mediodía, a la hora del crimen, antes de que ella entrara a la escuela donde trabajaba.

“Es un buen fallo. Acoge uno de los agravantes, la alevosía”, dijo el abogado Carlos Torrens, querellante de la familia. “Me voy conforme”, dijo el fiscal, Javier Ochoaizpuro. “¿Quién es capaz de ser tan cruel y sentir tanto desprecio para con una criatura? El fallo lo dice, Tomás era una cosa para Cuello”, dijo Guillermo Santillán, tío de Tomás.

“Se notó el trabajo a conciencia del tribunal, fue un fallo ejemplar”, dijo el ministro de Seguridad y Justicia bonaerense, Ricardo Casal, que presenció la sentencia.
 
Clarin.com

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