martes, 14 de agosto de 2012

Mujeres y Prisión Preventiva: Presuntas inocentes sufriendo castigos anticipados y abusos.

Mujeres y Prisión Preventiva: Presuntas inocentes sufriendo castigos anticipados y abusos.

Más de medio millón de mujeres están privadas de libertad en el mundo, sufriendo penas anticipadas, abusos y abandono. En América Latina, la población carcelaria femenina casi se duplicó en los últimos 5 años, pasando de 40.000 en 2006 a más de 74.000 en 2010. Brasil presenta un crecimiento explosivo, triplicando el número de mujeres encarceladas en el mismo periodo, de 11.000 a más de 35.000. En promedio, en la región 4 de cada 10 personas se encuentran en prisión preventiva, mientras que en algunos países los porcentajes de mujeres privadas de libertad a la espera de juicio sobrepasan el 80%. Conforme las cifras aumentan, los sistemas judiciales y penales carecen de preparación para atender el fenómeno.

¿Por qué se ha elevado la cifra de mujeres privadas de la libertad?
La privación de la libertad de mujeres está inevitablemente vinculada a la pobreza. La mayoría fueron acusadas de delitos menores y se encuentran en situación de penuria, marginalidad y abuso. Hay un crecimiento importante de mujeres jefas de hogar, a cargo de niños y eventualmente de hermanos (as) y padres. Rara vez pueden pagar abogado o fianza y, por lo tanto, tienen mayor riesgo de pasar un tiempo prolongado en prisión preventiva. En muchos países de la región, la gran mayoría de las mujeres privadas de libertad están acusadas de delitos contra la salud, aunque escasamente son las protagonistas del narcotráfico.

Las políticas públicas que refuerzan los estereotipos sobre roles de género y criminalizan actividades que llevan a cabo mujeres también contribuyen al abuso de la prisión preventiva, porque:
  • En países donde el aborto es criminalizado, los hospitales muchas veces están obligados a reportar a las mujeres que buscan atención médica después de haber vivido la pérdida del embarazo.
  • En otros países, la denuncia de violaciones sexuales, violencia familiar o trata de personas puede resultar en detención para las mujeres víctimas, supuestamente “por su propia seguridad”.
  • El trabajo sexual puede ser la única opción para muchas de ellas que son el sustento económico de su familia, por lo cual la criminalización de esa actividad genera riesgos de abuso contra la vida, la libertad y la salud de las mujeres.
  • Actividades informales como la destilación de alcohol, la venta de comida o el comercio ambulante, usualmente desempeñadas por mujeres, a menudo son ilegales o pueden acarrear una serie de restricciones onerosas, llevando a la detención en muchos países.
  • La combinación de esos factores y el hecho de que mujeres pobres y en situación de vulnerabilidad sean un blanco fácil para la policía han resultado en el incremento de la detención y la privación de libertad en miles de mujeres.


El padre golpeaba a la madre y a la niña. La madre trató de protegerla llevándola a un hogar de niños. Al ver los golpes la reportaron a la policía y la madre, por temor a enfrentar al agresor, no lo acusó. Aunque era un caso típico y claro de violencia de género, la arrestaron por abuso contra su hija y estuvo en prisión preventiva tres años. Una falta completa de sensibilidad del sistema que resultó en re-victimizar tanto a la madre como a la niña” (ADC, Argentina)

Una joven con 3 meses de embarazó fue arrestada por micro-tráfico de estupefacientes. Aunque la ley dispone que se le aplique el arresto domiciliario, lleva ya 7 meses de gestación y aún está en detención previa al juicio, en condiciones antihigiénicas, sin nutrición apropiada ni atención médica. De dar a luz en detención, el hospital solo le proveerá atención si está esposada”. (Conectas, Brasil)

MLPR (34 años) pasó 4 años de prisión preventiva. Durante ese tiempo las autoridades penitenciarias condicionaron su derecho a la visita conyugal, a que aceptara una inyección anticonceptiva que no necesitaba por haber sido previamente esterilizada, Nunca hubo examen médico anterior o seguimiento posterior, aunque ella se quejó de efectos secundarios por esa inyección innecesaria. Esta práctica penitenciaria es una violación a las normas nacionales e internacionales”. (ASILEGAL, México)
 
 
La experiencia femenina en prisión preventiva:
  • Detenidas en cárceles diseñadas para varones y en muchos casos en el mismo espacio físico que ellos.
  • Alejadas de sus familias y muchas veces abandonadas, viven en soledad y depresión.
  • Expuestas a violencia y acoso sexual.
  • Viven el embarazo y la maternidad en prisión.
  • Pierden la custodia de sus hijos.
  • Padecen la vulneración de sus derechos reproductivos.

Impacto en familias y comunidades.
Varios estudios en la región muestran el efecto devastador de la privación de libertad de las madres sobre la vida de los niños, quienes son más propensos a sufrir daños emocionales, abandonar la escuela e involucrarse en delincuencia juvenil. Una vez que las mujeres son liberadas sufren mayor estigma social que los hombres que han estado en prisión, incluso cuando han sido declaradas inocentes.

Ley y política pública
Los instrumentos universales y regionales de derechos humanos indican que la prisión preventiva debe ser utilizada sólo como último recurso y atendiendo a las necesidades específicas de las mujeres. Los “Principios y buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas” de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos señalan, que “la privación preventiva de la libertad, como medida cautelar y no punitiva, deberá obedecer a los principios de legalidad, presunción de inocencia, necesidad y proporcionalidad, en la medida estrictamente necesaria en una sociedad democrática…”

Por otro lado, las Reglas de Bangkok3 para el tratamiento de mujeres privadas de libertad y bajo medidas en libertad establecen: “A fin de poner en práctica el principio de no discriminación consagrado en el párrafo 6 de las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos, se deben tener en cuenta las necesidades especiales de las reclusas en la aplicación de las presentes Reglas”.

“Doña J., 54 años, pobre y sin escolaridad, tenía una cuenta bancaria con sus pocas economías. Un día su hijo le pidió el número de la cuenta para recibir un depósito de “su trabajo”. Al ir ella a retirar el dinero de su hijo la detuvieron y la acusaron de extorsión. Ella intentó explicar lo sucedido, pero no hubo investigación. Después de pasar 8 meses detenida aceptó un proceso abreviado –lo cual conlleva aceptar culpa-, ya que necesitaba cuidar de su nieto de 2 años, de quien es la única responsable. Ahora tiene un antecedente penal, en tanto que su hijo continua libre de culpa” (Colectivo Artesana, Guatemala)


Recomendaciones
  • Revisar las leyes y políticas públicas que contribuyen al incremento desproporcionado de mujeres privadas de la libertad.
  • Incrementar el acceso a alternativas a la prisión preventiva. Tomar en consideración el embarazo y/o el interés de los niños al momento de decidir sobre la privación de libertad de las mujeres en espera de juicio.
  • Mantener estadísticas contables sobre el número, la situación procesal y las necesidades de las mujeres en prisión preventiva.
  • Proveer instalaciones y servicios con perspectiva de género.
  • Reclutar más mujeres, capacitadas con visión de género, en las diferentes áreas del sistema de justicia penal.
  • Mejorar y evaluar el impacto de los programas de capacitación.


Fuente: Campaña Global Para La Justicia Previa al Juicio - Región América Latina

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