miércoles, 24 de octubre de 2012

El rol del ministerio público fiscal en los procesos de lesa humanidad. Estrategias de acusación.

Por, Mark Harmon R
Miembro de la Fiscalía ante el Tribunal Penal Internacional de Naciones Unidas para la ex Yugoslavia.


Este artículo es una síntesis de la ponencia presentada por el doctor Harmon en el seminario “Los crímenes contra la humanidad y su juzgamiento”, efectuado en la Ciudad de Buenos Aires, el 19 de octubre de 2009. El encuentro en el que también participaron otros integrantes del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia fue organizado por el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, que publicará una recopilación de las disertaciones.
 
El Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia comenzó en 1993 luego de una resolución emitida por el órgano de las Naciones Unidas y, años después de ese inicio, nos dábamos cuenta de que el tema de la justicia penal internacional había estado latente, estancado. Entonces, cuando comenzamos el Tribunal, después de la resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, nos dimos cuenta de que era particularmente complicado, porque no había una guía, ni parámetros, ni directrices, porque la mayoría de los fiscales de Núremberg y Tokio ya no estaban y no nos podían guiar. Yo participé en el Tribunal desde agosto de 1994, cuando era un flamante tribunal y era prácticamente el momento de su nacimiento. En ese momento, los desafíos y retos que teníamos todos los que estábamos dentro del tribunal –algo que es digno de subrayar– es que no teníamos infraestructura alguna. No teníamos salas ni tribunales, tampoco computadoras, jueces ni fiscales. No teníamos ni reglas de procedimiento ni evidencia ni nada. Por sobre todo eso, no teníamos pruebas. Ningún tipo de pruebas.

Era bastante complicado, era un desafío estar ahí porque teníamos un mandato muy amplio dado por las Naciones Unidas. Teníamos que enjuiciar a aquellos que habían cometido graves delitos por crímenes de lesa humanidad desde 1991 en aquel territorio de los Balcanes. Entonces, uno de los desafíos que experimentamos, especialmente en lo personal, fue tratar de crear una institución que fuese “viable” desde el punto de vista internacional, un Tribunal, una Corte que fuese respetada en la arena internacional. Ser capaces de hacer un conglomerado de personas de diferentes idiosincrasias culturales, con idiomas distintos (desde el punto de vista lingüístico) y también con sistemas jurídicos si bien cercanos en algún sentido, también lejanos. Teníamos que tener este Common Law que iba a ser un sistema de justicia penal, sin guía alguna. Al principio, los debates y las discusiones hacían que, a veces, los ánimos estuvieran un poco caldeados. A todos nos salía esta parte chauvinista de decir “este sistema es mejor que este otro” o “este derecho es mejor que este otro”. Entonces, para aquellos que eran de la escuela del Common Law se planteaba “un momento, yo no sé si vamos a aplicarlo” y los de Civil decían “yo no sé si voy a aplicar este sistema o el del Common Law” y así cada uno tenía sus orientaciones. Uno de los “problemas” que teníamos era –y es lo que yo quiero compartir con ustedes– qué es lo que nosotros teníamos que enfrentar como  iscales de un ministerio público, pero ahora desempeñándonos en un tribunal penal internacional. Obviamente con una jurisdicción –cada una en su país– muy desarrollada, donde tenemos procesos, procedimientos, estándares, primero para la investigación y después para el enjuiciamiento de las personas. Y esto era un reto para el Tribunal. Yo trabajaba en el Departamento de Justicia de los Estados Unidos, el equivalente al Ministerio de Justicia, durante más de veinte años, como fiscal del Ministerio Público. En nuestra jurisdicción, teníamos procesos establecidos donde podíamos citar y producir testigos y pruebas. Producir en el sentido de que podíamos tenerlas y presentarlas, teníamos oficinas de fuerzas y cuerpos de seguridad pública que podían, en su momento, no solamente llegar a las pruebas, sino también clasificarlas, catalogarlas y presentarlas; de forma rápida y efectiva se podían emitir órdenes de allanamiento para poder conseguir las pruebas. Se podía citar y conseguir a todos los testigos rápidamente, por lo menos en mi jurisdicción. Nosotros tenemos un sistema de protección de testigos y en ese entonces, eso no existía en el Tribunal. Por lo tanto, cuando yo comparo la jurisdicción nacional y la facilidad que yo tenía para realizar todos los procesos, me congratulo y congratulo a todos los miembros del Tribunal por lo rápido que pudimos hacerlo.

Cuando empezamos, usamos como base lo que sucedió en Núremberg –recuerden que los oficiales de alto rango ya estaban encarcelados y que el general todavía se encuentra fugitivo, después de catorce años. Nosotros nos presentábamos con el deber de buscar a estos sujetos de alto rango, pero lo hicimos años después de que se cometieron los delitos. No estaban encarcelados, había que salir a buscarlos y esto requirió de mucho trabajo. En el caso de Núremberg, tuvimos que estudiar cientos de documentos y de sentencias que describían lo que había sucedido con los alemanes. Entre 1993 y diciembre de 1995, investigamos en el Tribunal aquello en lo que nos encontrábamos aún inmersos. Tratar de emitir órdenes de arresto y que éstas fueran cumplidas cuando se habían escapado de Serbia o tenían a alguien que simplemente cruzaba las fronteras y estaba en un santuario. O sea, tenían una inmunidad total respecto de nuestros procesos. Nosotros teníamos un acceso nulo o muy limitado a la documentación porque, por supuesto, los documentos estaban en manos de las partes del conflicto y esas partes estaban involucradas también, per se, en esos mismos delitos que nosotros queríamos investigar.
 
Les doy un ejemplo: en 1994 fui a Croacia a presentar y preguntar cuál iba a ser la modalidad de cooperación con los representantes del gobierno croata. Fue allí cuando me dijeron: “No hay criminales de guerra croatas. Aquí estamos todos bien. Nosotros fuimos atacados.” Obviamente, me quedé congelado, por la magnitud del reto que tenía por delante. Esa actitud se reflejó en un período de trabajo que tuvimos que atravesar para poder asegurar y obtener esa documentación.

Uno de los problemas que yo tenía como fiscal era el problema estructural, inherente a la creación del Tribunal. Para obtener las pruebas, teníamos que confiar en una cooperación gubernamental y no teníamos una fuerza policial, alguien que pudiese ejecutar las órdenes de arresto, por ejemplo. Déjenme hablar un poco de la cooperación gubernamental desde el punto de vista del Tribunal, el artículo 29 dice: “Todas las partes de los países están obligados a cooperar con el Tribunal”. Por ejemplo, en Estados Unidos, donde hay un sistema completamente desarrollado, podemos pedir testigos, pero aquí nosotros teníamos que descansar en Serbia o en Croacia, decirles a los gobiernos, tanto a uno como al otro: “Necesitamos la documentación”.
De forma práctica, estos sistemas funcionaban más o menos así: si yo quería obtener documentación de un gobierno que había sido cómplice en estos delitos, yo ejecutaba un pedido oficial y pedía: “Provéanme con la documentación oficial todo aquello que ha tenido que ver con su fuerza policial que a su vez ha tenido que ver con este delito”. Es como decirle a un grupo del crimen organizado: “Por favor, ¿me podrías dar tus libros de contabilidad para probar que estás cometiendo un delito? Yo, fiscal, quiero que me des las pruebas y el documento para que yo después te pueda procesar”. Y la postura de estas partes respecto del Tribunal cuando empezó esta colaboración fue que Serbia fue muy honesta y cruda: “No vamos a cooperar”. Punto, ya está.
 
Y no fue hasta que Miloševic (Slobodan) fue arrestado en 2002, en el mismo momento en que se aprueba la legislación de una cooperación mutua, y empezamos a tener ciertos beneficios de este marco legislativo con lo cual ya teníamos un cierto esquema de cooperación. La actitud de Croacia –la otra parte involucrada– fue: “Respetamos el derecho internacional, nosotros queremos cooperar y cooperaremos con ustedes, pero… hay excepciones. No respecto de los ciudadanos de nuestro país”. Entonces, cuando nosotros tratábamos de obtener pruebas contra ciudadanos croatas nos pegamos contra un muro. Así de sencillo. Por ejemplo, en el caso del general que fue comandante de las fuerzas en el centro de Bosnia, yo fui el fiscal. Había cometidos graves violaciones a los convenios de Ginebra de 1949 y yo tenía que probar que había un conflicto armado internacional y que Croacia estaba involucrada en la guerra en Bosnia. Nosotros teníamos algunos testimonios y, además de la evidencia, teníamos pruebas. Solicitamos la asistencia al gobierno croata. Identificamos de manera específica las unidades militares que habían participado y con esa especificidad probada, pedimos todos los registros y documentación pertinente a dichos batallones. También las bajas, los registros de bajas, quiénes habían participado, obviamente, la correspondencia entre el gobierno croata y las fuerzas bosnias. Si hubiésemos tenido una cooperación real hubiese sido mucho más fácil, pero los croatas decían: “Todavía estamos buscando la documentación.

Paciencia”. Obviamente, nos estaban deteniendo el proceso. Nosotros decíamos que también existe la figura de que tiene que ser un juicio rápido y esto trae un gran conflicto en cómo querer organizar el sistema. En Estados Unidos, como fiscal, yo tenía el poder para citar corporaciones privadas y si no, había un incumplimiento de la ley. Yo estaba acostumbrado a hacer una citación y que diera resultado. Pero aquí, yo sabía que esto no se iba a dar, porque no necesariamente se iba a dar como comunicado. Entonces, tenía que emitir estas solicitudes de asistencia, donde no todos nos daban la mano y por lo tanto, no daban resultado. Concretamente, en 1997 yo emití una y el gobierno croata refutó el derecho de que el Tribunal pidiese, a través de una carta de citación o comparendo, la producción de pruebas o la aparición de estos documentos porque decía que no podían exigírseles desde el punto de vista jurídico, del derecho. Este litigio pasó del Tribunal de Primera Instancia a la Sala de Apelaciones y la decisión final dijo que el Tribunal no podía emitir este comparendo en el cual se exigiera a los Estados la entrega de estos documentos. Estas cartas había que dárselas a funcionarios gubernamentales específicos. Entonces, lo que sí podíamos hacer era emitir órdenes vinculantes. Esto fue significativo para nosotros. Debo decir que lo que hice fue tomar la carta de citación y decir: “Esto es una orden vinculante”. Al hacerlo, en ese momento, obteníamos la aprobación de esta moción por parte del tribunal. Era un esquema bastante “elegante” y esto salió en el juicio de Blaškic (Tihomir) y dice claramente que el Estado está obligado a cumplir con esta orden o citación vinculante.

Ahora, ¿cuál es la sanción si no se cumple con la orden vinculante? Algunos de ustedes son fiscales, así que saben que esto es un dilema. Se puede hacer un informe de no cumplimiento y esto se le dirige al presidente del Tribunal, que a su vez puede ser enviado al Consejo de Seguridad y pedirle que verifique su cumplimiento; esto significa que el Consejo como cuerpo o sus Estados miembros pueden decir que hay un Estado que está presentando ofensa ante esta orden vinculante pero aquí llegamos a un pantano político porque queremos un juicio rápido y obviamente hay un cumplimiento bastante lento y volvemos a lo que teníamos en el principio. Así, llegamos a la conclusión de que este esquema que habíamos diseñado no resultaba efectivo. Debo decirles que he estado involucrado en muchas de estas solicitudes de asistencia. Una vez que cambió el escenario, estas citaciones vinculantes fueron las que nos abrieron las puertas y volvieron efectivo lo que al principio no lo era, porque los documentos que nosotros al principio habíamos tratado de obtener, nunca nos los dieron –en el juicio de Blaškic– y de hecho, yo debería decir que Croacia fue muy firme y dio los pasos necesarios para obstruir nuestra investigación y lo hizo de dos formas: nosotros estábamos al tanto de dónde estaban los archivos de las fuerzas serbocroatas que estábamos tratando de incautar, teníamos las fuerzas internacionales en el lugar y Croacia, en una operación clandestina tipo comando, los sacó de Bosnia y se los llevó a Zagreb (Croacia). Durante todo el proceso ellos negaron estar en posesión de esos documentos. Así que uno de los conflictos que nosotros tenemos en la presentación de los casos es que tienen que hacerse de forma expedita y hay veces en que el tiempo es un aliado para cambiar las actitudes desde el punto de vista del Tribunal. Al morir el presidente croata Tudjman, cuyas fuerzas habían estado involucradas en el conflicto y que quizás él o algún miembro de su estructura podrían haber estado implicados en la comisión de estos crímenes, su sucesor tuvo una actitud totalmente diferente: empezamos a tener acceso a los archivos y documentos. No puedo decir que Croacia no cumplió, en absoluto, pero sí que hubo actitudes del tipo: “Si ustedes van detrás de algunos de los nuestros, no les vamos a dar los documentos”, algo que en cierta medida continúa. Sucede que después de algunas condenas significativas, el acceso a los documentos fue otorgado a las partes y la defensa durantela apelación introdujo una gran cantidad de documentos que no estuvieron disponibles durante el litigio; algunos, con bastante influencia con respecto a la decisión de la Cámara de Apelaciones, fueron muy influyentes.

El otro problema estructural es que no tenemos la fuerza policial; por lo tanto, no podemos arrestar, lo que nos ha causado grandes problemas, ya que frecuentemente, en las jurisdicciones locales, uno puede arrestar a todos los autores de un delito. En el Tribunal, hemos tenido unos juicios prolongados, algunos de hasta de veintiséis meses y después el arresto de un coacusado que también duró bastante tiempo lo que generó muchos archivos y un gran desperdicio de recursos tan limitados que tenemos. Lograr que los testigos vuelvan una, otra y otra vez para abrir capítulos difíciles en la historia.

Durante el curso del Tribunal, la gente quiere que la justicia internacional sea expeditiva; ellos pagan mucho dinero para lograr justicia internacional y creo que no se reconoce cuán complejos son estos casos y cuán difícil es investigarlos. En nuestras etapas iniciales tuvimos muchísima presión para acusar y mostrar progresos. Éstas son presiones políticas significativas porque si se pierde el interés por parte de los patrocinadores, se presentan dificultades en el Tribunal. En parte, una solución a esto fue la utilización de la regla Nº 61 (ver reglas y reglamentos del Tribunal), que permite procedimientos públicos en el caso de que no se hubieran emitido órdenes de arresto. Bajo esa regla, el juez podía invitar al fiscal a mostrar pruebas públicas en contra de estas personas y el resultado es que se puede emitir una orden de arresto internacional en los estadios iniciales del desarrollo del Tribunal. Éstos fueron desarrollos significativos e importantes, pero solamente para nuestra supervivencia política. No puedo decir que en materia de sustancia, de fondo fueran procedimientos útiles porque qué fiscal racional daría evidencias contra un acusado fugitivo cuando éste hubiera interferido con los testigos que hubiere escuchado. Este es un tema aparte.

Tengo que reconocer que he participados de litigios completos en los Estados Unidos, sin embargo, creo que estos casos son mucho más difíciles por lo que he venido viendo. Quiero darles un ejemplo. Es el caso Srebrenica, que resultó en una condena de genocidio en la cual participé en uno de sus primeros enjuiciamientos. Los hechos son muy breves, para aquellos que no siguen nuestro trabajo muy de cerca: hubo una resolución de la ONU que creó áreas donde los bosnios-musulmanes estaban en zonas protegidas y seguras que quedaban dentro del área de territorios controlados por los bosnios-serbios y en julio de 1995, las fuerzas bosnio-serbias entraron en estas zonas protegidas, transfirieron entre 25.000 y 35.000 mujeres y niños que estaban en el sitio y si había hombres dentro de la zona, los ponían aparte para luego ejecutarlos.

Había columnas de hombres; entre diez y quince mil trataron de escapar del sitio para ir a territorio libre, muchos se rindieron, los capturaron y luego ejecutaron. Entre siete y ocho mil personas resultaron ejecutadas en agosto de 1995. Madeleine Albright (ex secretaria de Estado representante de la ONU para los Estados Unidos) mostró en ese momento fotos aéreas tomadas por los Estados Unidos, ya sea por satélite o por aviones, donde se mostraba que los hombres que habían sido separados de estos grupos habían sido asesinados.
 
Como resultado de esto, hubo mucha preocupación en los autores de los delitos. Ellos sistemáticamente decidieron ir a las fosas comunes donde habían enterrado a sus víctimas y reubicarlas a través de Bosnia. En julio de 1995, después de que las personas habían sido transferidas, sabíamos que los hombres habían desaparecido, lo que no sabíamos era qué les había pasado y suponíamos que estaban muertos pero tampoco podíamos relacionar los distintos participantes con la comisión de esos delitos.

En 1995, los recursos disponibles en el Tribunal eran escasos. La cantidad de investigadores que teníamos incluía a los policías, hombres y mujeres de una pequeña aldea, no eran muchos realmente en el caso Srebrenica que, en términos de la magnitud del delito, fue significativo en Bosnia y el más importante en Europa después de la Segunda Guerra Mundial. Para poder comparar, en Estados Unidos, creo que fue en 1995 que tuvimos un caso terrorista local, el edificio federal de Oklahoma fue bombardeado y murieron 168 personas, un caso extraordinario para los ojos del Departamento de Estado. Srebrenica fue un caso extraordinario para los ojos de la comunidad internacional. La cantidad de investigadores, según las estadísticas del Departamento de Justicia ocupados en la investigación del atentado en Oklahoma, fue durante el primer año mayor a dos mil seiscientos; setecientos en el segundo año y el número siguió disminuyendo durante los próximos cuatro años hasta llegar a unos dos investigadores aproximadamente. Le pregunté a un amigo cuál fue el número de investigadores en Srebrenica en el punto máximo de la investigación: “¡Cinco!” Y a su vez, teníamos muchísimas presiones para acelerar estos casos y nos decían que íbamos demasiado lento. Fue una investigación única y sin el apoyo de los Estados no habríamos podido determinar las consecuencias y sacar las conclusiones de la manera en que lo hicimos.
 

Les voy a mostrar las imágenes obtenidas gracias a los Estados Unidos. Este lugar es Cerska, donde se produjo una ejecución en masa en la que murieron 150 personas. Sabíamos por un testigo que nos había dado un informe directo y es que esa ruta que se puede ver en la imagen y que está bastante aislada pudo ser vista desde lo alto de una colina por este testigo. Allí llegaron cuatro o cinco ómnibus con prisioneros seguidos por personal equipado. Se escucharon disparos y este testigo vio que los ómnibus volvieron vacíos, pero no sabíamos exactamente qué pasó en el medio. En la imagen del 5 de julio se puede ver que está todo intacto, mientras que en la del 27 de julio, la tierra está totalmente alterada. Pudimos ir a ese sitio, lo analizamos y encontramos 150 víctimas en el lugar.

En la granja Branjevo, el 16 de julio del 95, murieron más de cien personas. Tuvimos descripciones de esa ubicación y nuevamente eran incompletas y no nos ayudaban ya que a estas personas las habían llevado muy lejos de sus hogares, no sabían adónde los habían llevado. Pudimos identificar a una de las personas que participó de las ejecuciones y nos delimitó muy específicamente este sitio.

Aquí se puede ver una imagen del aérea el día después de la masacre y hay varias características que son importantes y que se pueden identificar, incluso la ubicación de los cuerpos.
 
Abajo, a la izquierda, se ve un montículo de tierra que fue donde se enterró a las personas y ahí encontramos algunos de los cuerpos pero no todos. Los problemas para llevar adelante la investigación y el proceso de exhumación fueron los temas de seguridad. Tenemos que estar ocupándonos de mantener el perímetro de seguridad, había que desminar el sitio frecuentemente porque nos preocupaba que alguien que estuviera en contra de este proceso de exhumación pusiera una mina. En una oportunidad junto a un colega fuimos interceptados por veinticuatro soldados completamente armados que estaban a cargo de nuestra protección porque había actitudes que continúan existiendo y que eran hostiles a los intereses del tribunal.

Durante el enjuiciamiento, hubo gente que negó en forma serial que estas masacres hubieran ocurrido y también hubo actitudes por parte del abogado de la defensa. Traje una parte de la transcripción de una pregunta y la respuesta dada por un forense que trabajaba en uno de estos lugares de exhumación:
“—¿En la base de qué indicadores se estableció que se trató de una ejecución, un homicidio? Las causas de la muerte, ¿también podrían incluir suicidio o combate?
“—Me gustaría señalar que he investigado muchos suicidios y nunca vi que un individuo tuviera las manos atadas atrás de la espalda y que pudiera dispararse varias veces.”

Muchas de estas personas tenían varias heridas inconsistentes con el suicidio. Ésta es una de las fosas en la que realizamos exhumaciones. Aquí tuvimos fotógrafos forenses y recuperamos cuestiones como las que usaron para taparles los ojos, o atarles las manos con alambre. Fueron catalogadas en forma meticulosa, la cantidad de vendas en los ojos… y todos los elementos se preservaron en forma rigurosa en el lugar del crimen. Esto nos ayudó muchísimo durante el juicio para contrarrestar los alegatos de que esto hubiera sido un suicidio. Les dije que Madeleine Albright en agosto de ese año mostró en la ONU imágenes aéreas de tumbas potenciales y trataron de esconder estos delitos.

Una pregunta para nosotros es ¿a dónde fueron los cuerpos? Nadie nos lo diría. Una solución fue el uso de imágenes aéreas de este tipo, aunque en el caso de las imágenes satelitales, no nos ayudaba mucho la topografía al momento de identificar los sitios de las fosas comunes.
La siguiente imagen también fue brindada por los Estados Unidos y verán que al mirar la ruta más de cerca, la punta de una de las flechas señala un punto en la tierra que no tiene nada. Nosotros fuimos a esta zona y obviamente nos dimos cuenta de que había habido un movimiento de tierras, hicimos exhumaciones en dicha zona, encontramos cuerpos humanos que llegaban de varias fosas comunes y teníamos que vincular esos cuerpos al origen de cada uno de ellos.

Lo que sucedió específicamente en este campamento es que teníamos muy pocas personas que sirvieran de asistencia a la fiscalía, pero bueno, una de las personas que nos ayudó como testigo viajaba por una de estas carreteras en la noche y era serbio.
 
 
De repente se dio cuenta de que había grandes volquetes en los que se estaban deshaciendo de cuerpos. Lo que vio le molestó lo suficiente como para pasar por uno de los puntos de control, después contactó a la fiscalía y nos dio las coordenadas exactas. Me atrevería a decir que fue una de las únicas personas con la que tuve contacto durante todos estos años que dio un paso al frente y dijo lo que estaba sucediendo, porque se había sentido ofendido desde el punto de vista moral. Atribuyo mucho de esto a ese clima de terror y de miedo que existía en el país del cual él era ciudadano. Quince años después, ese clima subsistía. Era miedo y pánico de colaborar con el tribunal. Es que se habían cometido asesinatos en lugares públicos, sitios y carreteras principales del país.  El líder de los bosnios-serbios decía: “No ha pasado, es propaganda musulmana”. En 2005, yo fui a Srebrenica como parte del programa para comunicar a la sociedad lo que estábamos haciendo y un ciudadano serbio-croata (y esto salió en The Guardian, el periódico londinense) decía que Srebrenica era una mentira, un mito, que eso no  había sucedido, o sea, diez años después de haber terminado el conflicto.

Siete años después de las masacres, el gobierno serbio-bosnio redactó un informe sobre “la verdad” sobre Srebrenica y este informe formaba parte de otro que venía haciéndose hace años por parte del gobierno serbio-bosnio. Yo debo decir que era propaganda, dicho con todas las letras, que alteraban la verdad. La persona que nos había ayudado a identificar la zona durante las ejecuciones estaba mentalmente enfermo. Por ende, no era imputable y no se tenían que tomar en cuenta las declaraciones; incluso, que había presiones por parte de los servicios de inteligencia de las otras partes. O sea, este tipo de propaganda con todas las letras estaba patrocinada por un gobierno que, entre otras cosas, quería colocar la tapa a un tema que creaba una tensión moral. Al final, había tanto disgusto y asco generado por este informe que después fue remediado. Lo que trato de decir de forma clara es que pidieron disculpas por las matanzas de Srebrenica. No menos importante, el tipo de propaganda que estaba dentro de este informe oficial da vergüenza. En un informe de 2005, en Belgrado, el 50% de estas personas pensaban que lo difundido era correcto, o sea, creían que se habían matado menos de 100 musulmanes, nada más. Yo creo que eso definitivamente impidió y fue un gran palo en la rueda para nuestras investigaciones.
Hay mucho que podríamos hablar con ustedes respecto de la fiscalía, pero quisiera hablar de la tensión y el estrés que imponía el hecho de que esa justicia internacional tenía que ser expedita y entonces hay unas ganas de hacer las cosas rápido, de no tener paciencia y de saber que hay que tenerla. La tensión entre “tenemos que ser expeditos” y, al mismo tiempo, “tenemos que realizar los hallazgos, probar la verdad, sopesar el peso de la prueba”. Entonces, desde un comienzo, teníamos por un lado el Common Law, por otro lado, justicia civil y penal, procedimientos de negociación (como en Estados Unidos), el famoso plea-bargain; esto no se reconocía en los tribunales como tampoco los arreglos entre fiscalía y defensa. Por lo tanto, esta clase de arreglos, de sentencia reducida, de demostrar esa responsabilidad de quién ha sido el responsable por estos delitos. Algunos me dicen que en la Argentina existen los arreglos entre fiscalía y defensa.

Si mis cifras no me dejan mentir, nosotros tuvimos 17 casos en los que hubo arreglos de este tipo, incluyendo quien estaba a cargo de la granja Branjevo. Desde el punto de vista jurídico era un caso que en primera instancia se aceptaba el arreglo entre fiscalía y defensa, como parte del derecho y como parte de lo que podía hacer la fiscalía. Ahora, después de este procedimiento después sí se clarifica. Si no me equivoco es el art. 62 bis que habla sobre este arreglo, este plea-bargain dentro de nuestras reglas de procedimiento y de evidencia; el acusado tiene que ser informado. Después, otro de los artículos habla sobre las penas y sentencia y que los jueces no estén vinculados por las recomendaciones de las partes. O sea, le da cierta comodidad al tribunal per se. Era una decisión bastante pragmática y así los resultados. Los beneficios que yo veo de esta figura, de este acuerdo transaccional de la condena o pena nos dan un privilegio, por lo menos, desde mi experiencia como fiscal. En los Estados Unidos pienso que puede funcionar. Alguien que está acusado de un crimen, lo que lo motiva a él o a ella es qué le va a suceder. Entonces, algunos acusados que a lo mejor dicen “no quiero colaborar con la fiscalía”, de repente se convierten en testigos con un alto grado de colaboración. En el caso que yo mencionaba antes, alguien a quien le habían disparado sus colegas, los otros ejecutores y verdugos le habían disparado a él, fue parte de una entrevista que se transmitió por televisión en la que un periodista inglés –la entrevista estaba siendo grabada por la Policía– y cuando el periodista trató de salir con las cintas, fue demorado –no llegó a ser detenido– para investigaciones. Posteriormente, le preguntamos si quería que dicha información fuera o no transferida al Tribunal y todavía no entiendo por qué el gobierno serbio dio el visto bueno. Todavía no lo entiendo. Inmediatamente comenzó a cooperar con el Tribunal. En ese momento, obtuvimos numerosas pruebas de él, de mucho valor y una de ellas era la ubicación de uno de los campos donde hubo una masacre y no había quedado ningún sobreviviente y si no hubiese sido por él, no hubiésemos sabido dónde porque era un campo absolutamente clandestino. El encargado de la granja Branjevo fue arrestado y pese a que durante un año no quiso ni hablar con nosotros y se negó a declarar, posiblemente, yo creo que es una parte de la naturaleza humana cuando se cierra y se abre la puerta de la celda en la cárcel, tal vez pensó que había alguna forma de mitigar el encierro. En ese momento, nosotros no hicimos ningún tipo de arreglo con él, ni hicimos ningún tipo de promesa y sin embargo, empezó a colaborar con información de una manera invaluable para nosotros, de modo que estos acuerdos transaccionales de condena también son un gran recurso jurídico.
 
El caso Miloševic fue el que tuvo mayor duración y mayor cobertura de la prensa: cuatro años. Hasta ese momento yo había estado como máximo 32 meses. Entonces, establecer esta responsabilidad de persona y hacer este tipo de acuerdo de condena representa un beneficio e incluso nos permite a nosotros obtener informaciones como el informe que les cité respecto de que “Srebrenica nunca existió”. Cuando oficiales de alto rango decidieron declararse culpables y reconocer que estos crímenes y delitos sí se habían cometido y nos dieron las declaraciones juradas, yo pienso que en ese momento, esto agitó toda la base. Nos dimos cuenta de que, más allá del remordimiento que presentaban, más allá de la cuestión moral, en ese momento también se plasmaba que había ocurrido algo y que se podía acordar entre fiscalía y defensa. Esencialmente vemos que este poder expresar remordimiento y “cerrar” tiene su poder. Aceptar la responsabilidad sobre delitos graves puede tener un impacto traumático sobre el perpetrador, pero benéfico sobre el resto de la comunidad pública. Dicha aceptación, en un tribunal de justicia es un factor significativo en crear lo que yo llamaría “espacio para las nuevas actitudes”.

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